Por Yamiri
Rodríguez Madrid
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN), del
Partido Revolucionario Institucional (PRI), cumplió, a pie juntillas, esa
filosofía barrial que reza: “primero mato, dispués
veriguó” con el anuncio que hiciera con bombo y platillo sobre la
suspensión de derechos a seis veracruzanos y al propio gobernador Javier Duarte
de Ochoa, por la supuesta creación de empresas fantasmas.
Y es que inmediatamente después del
bombazo articulado por Enrique Ochoa Reza, salió a relucir que tres de ellos, los
notarios públicos Daniel Cordero Gálvez ( Notaría 16 en Nogales), Israel Ramos Mange (Notaría 59 en Alvarado) y
Juan Carlos Rodríguez García, ex director jurídico de la Secretaría de
Desarrollo Social (Sedesol), en el estado, ni siquiera pertenecían a sus filas
y que, por ende, el Juan Carlos Rodríguez que habrían de suspender era un
homónimo de Zongolica. De hecho, aunque el segundo es hijo
del ex dirigente estatal del PRI, nunca militó en el partido y, el primero de
los notarios mencionados, está muy ligado a los panistas.
Después del ridículo público y los
escándalos del líder nacional con las liquidaciones millonarias, la cúpula
priista siguió el ejemplo de las avestruces y enterró la cabeza. ¡Y bien
hicieron!
En reiteradas ocasiones, el Colegio
Nacional del Notariado Mexicano ha subrayado la importancia de constituir una
empresa ante notario debido a que éste, da fe pública de la constitución de la
sociedad, a través de la redacción de la escritura constitutiva.
Dicha escritura define el tipo de sociedad
que se formará, así como los derechos y obligaciones que los socios adquieren y
el nombramiento de representantes legales, los que tendrán la capacidad para
representar a la sociedad frente a terceros.
Ésta puede ser inscrita al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), mediante
el Notario que realizó la constitución de la empresa o a través de la
presentación de los documentos ente las oficinas del Sistema de Administración
Tributaria (SAT) cumpliendo con la copia certificada del documento constitutivo
debidamente protocolizado: original del comprobante de domicilio fiscal (que
puede ser el último recibo de luz, de televisión de paga, teléfono o agua).
Además de original de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y, las personas morales, deberán
contar con clave de RFC válido, de cada uno de los socios, accionistas o
asociados dentro del acta constitutiva.
Es decir, los notarios públicos
únicamente dan fe, hacen el trámite, pero no son pilmamas de las empresas
constituidas para vigilar lo que hagan una vez que salen de sus oficinas, como
es el caso de Ramos Mange y Cordero Gálvez.
Y en el caso de Rodríguez García, a
quien señalan por haber firmado todas
las licitaciones cerradas y directas, es absurdo pensar que concentraba,
como director jurídico, un poder absoluto y que él tomo todas las decisiones
para favorecer a las supuestas empresas fantasmas.
Pero además, si el SAT al mes de que
usted se atrasa con el pago de impuestos, le está mandando notificaciones, ¿por
qué esperaron tanto tiempo para levantar el polvo contra el caso veracruzano?
¿Es el único estado donde esto sucede?
Tal parece todo más un intento por
tapar el sol con un dedo que una verdadera investigación por parte de la
Federación y del partido y hoy, la solicitud de juicio político contra el
gobernador, antecedida por 300 expedientes rezagados, comprueba que todo esto
no es más que un tamal mal hecho, o una caja china ante las broncas que trae la
Federación.
@YamiriRodríguez
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